Qué prevé el Real Decreto-ley 28/2026 y cuándo podría aplicarse e indemnizar a los inquilinos al cesar el contrato de alquiler
Desde el despacho analizamos qué prevé el Real Decreto-ley 28/2026 y cuándo podría aplicarse
La entrada en vigor del RDL 28/2026 está prevista para el 15 de noviembre de 2026 y su convalidación parlamentaria está pendiente. Las medidas que se explican a continuación no están todavía en vigor.
El RDL 28/2026 contempla una indemnización a favor del arrendatario en determinados supuestos en los que el propietario decide no renovar un contrato de vivienda habitual. No toda finalización contractual da derecho a cobrarla y es lo que analizamos en nuestro estudio sobre este decreto realizado minuciosamente por nuestros juristas.
¿Cuándo podría proceder?
La norma parte de contratos que hayan alcanzado una duración mínima de cinco años, si el arrendador es persona física, o siete, si es persona jurídica, y exige comprobar el vencimiento, el preaviso de no renovación y las posibles prórrogas legales.
¿Cómo se calcularía?
Se compara el equivalente a doce mensualidades con una mensualidad por cada año de residencia, aplicando el prorrateo correspondiente. Se abonaría la cantidad mayor. Como base se utiliza el valor superior del rango individualizado del índice estatal y, cuando no exista ese valor, la renta mensual vigente en el momento de la comunicación.
Por ejemplo, con una base de 750 € y ocho años de residencia, el resultado sería 9.000 €, siempre que concurran los requisitos legales y no opere ninguna excepción.
¿Hay excepciones de aplicación de este nuevo decreto para proteger al inquilino?
Sí. El texto prevé cinco causas de exclusión, entre ellas determinados supuestos de necesidad de vivienda del propietario, ausencia de residencia efectiva del inquilino, disponibilidad de otra vivienda adecuada, firma de un nuevo contrato o rechazo de una oferta de renovación que cumpla los requisitos legales. También deben examinarse las reglas sobre prórrogas y contratos anteriores.
En Muñoz de la Peña Abogados, como despacho de abogados en Bilbao, analizamos las consecuencias jurídicas de la finalización de los contratos de arrendamiento atendiendo a las circunstancias de cada caso.
La aplicación de las disposiciones analizadas depende de su vigencia, del régimen transitorio y de las circunstancias de cada contrato. El estudio tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento jurídico individualizado.