Nuevas medidas sobre arrendamientos: analizamos los cambios introducidos por los Reales Decretos-leyes 28/2026 y 29/2026

Muñoz de la Peña Abogados analiza las principales novedades legislativas en materia de alquileres y sus consecuencias para propietarios e inquilinos.

La reciente aprobación de los Reales Decretos-leyes 28/2026 y 29/2026 introduce importantes modificaciones en el régimen jurídico de los arrendamientos urbanos, que afectan tanto a los contratos de vivienda habitual como a otras modalidades de alquiler.

Entre las principales cuestiones abordadas se encuentran las nuevas reglas sobre duración y prórrogas de los contratos, los plazos de preaviso, los arrendamientos de temporada y por habitaciones, las garantías y gastos contractuales, así como determinadas medidas relacionadas con los procedimientos de desahucio.

Estas novedades plantean numerosas dudas prácticas, especialmente para los propietarios que desean recuperar una vivienda arrendada, formalizar un nuevo contrato o conocer las consecuencias de la normativa sobre los contratos actualmente vigentes.

No todos los contratos quedan afectados de la misma manera. La fecha de celebración, las comunicaciones realizadas entre las partes y el régimen transitorio de las nuevas disposiciones pueden resultar determinantes.

Desde Muñoz de la Peña Abogados hemos elaborado un estudio jurídico de 26 páginas en el que examinamos las principales modificaciones, su calendario de aplicación y las cuestiones que consideramos especialmente relevantes desde una perspectiva práctica.

El documento está dirigido tanto a propietarios e inquilinos como a profesionales interesados en conocer el alcance de estas medidas.

Nuestro despacho de abogados en Bilbao presta asesoramiento jurídico en materia de arrendamientos urbanos, resolución de contratos, reclamación de rentas y procedimientos de desahucio, estudiando de manera individualizada las circunstancias de cada asunto.

La aplicación de las disposiciones analizadas depende de su vigencia, del régimen transitorio y de las circunstancias de cada contrato. El estudio tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento jurídico individualizado.

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