Reclamación de los gastos de hipoteca

Reclamar los gastos de hipoteca ¿Es posible?

En este artículo abordaremos del abuso de poder de las entidades bancarias y de la reclamación de los gastos de hipoteca a los cuáles tiene derecho.

¿Tiene usted una hipoteca? Si es así, ha sido víctima del abuso de poder de las entidades bancarias a la hora de otorgar su préstamo ¿Por qué le decimos esto? Porque cuando suscribió su préstamo con garantía hipotecaria ante notario abonó unos gastos que no tenía que haber pagado, a saber: Gastos de notario, gastos de registro, gastos de gestoría y gastos de tasación.

Cuando se firma un préstamo con garantía hipotecaria, es el Sr. Notario quien da fe pública de dicho préstamo, así como de la garantía que recae sobre el mismo, por lo que el fedatario tiene que cobrar sus honorarios por los servicios prestados

Al tratarse de una garantía hipotecaria, ésta se inscribe en el Registro de la Propiedad, siendo que el Sr. Registrador también debe cobrar sus honorarios por la inscripción.

Asimismo, para poder realizar la inscripción en el Registro de la Propiedad, es necesario que la escritura pase previamente por el filtro de la Hacienda Pública, y es una entidad gestora la que se encarga de realizar este trámite, por lo que también tendrá que cobrar.

Por último, aunque tal vez os lo deberíamos haber explicado al principio, dado que este es el primer trámite que hay que hacer, para la formalización de la hipoteca es obligatorio realizar una tasación previa del inmueble –ex. art. 129 de la Ley Hipotecaria-, por lo que también habrá que pagar a una entidad tasadora.

Hasta la fecha, año arriba, año abajo, estos gastos han sido abonados íntegramente por los clientes, es decir, por aquellas personas que hipotecan su inmueble para poder acceder al préstamo, todo ello de acuerdo con una pequeña cláusula que la entidad financiera insertaba en el contrato de préstamo, y que establecía que era el cliente quien tenía que asumir todos estos gastos a los que acabamos de hacer mención.

Recuperar Gastos De Hipoteca Abusivos

Sin embargo, el día 23 de diciembre del año 2015 todo cambió. El Tribunal Supremo dictó Sentencia declarando la nulidad de esta cláusula que os acabamos de explicar, argumentando que la atribución indiscriminada al cliente de los gastos derivados de la hipoteca era abusivo, en tanto que es la propia entidad bancaria la que tiene interés en formalizar la garantía hipotecaria para proteger el dinero prestado.

 

Así pues, desde que en el 2015 se declarara abusiva la cláusula que atribuye al cliente todos estos gastos, son miles las personas que han procedido a recuperar su dinero; a pesar de ello, se estiman en miles los consumidores que todavía no han procedido a la recuperación de su dinero, a pesar del enriquecimiento injusto de las entidades bancarias.

Es por ello que, desde Muñoz de la Peña, les alentamos a que procedan a recuperar su dinero, encargándose este despacho de abogados en Bilbao de la reclamación del dinero de los gastos hipotecarios en vía extrajudicial, así como acudiendo al auxilio judicial en caso de que fuera necesario.

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