Hipotecas referenciadas al índice IRPH

Desde que se comenzara a hablar de la posible abusividad de los Índices de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH) hasta la obtención de las primeras sentencias favorables, han pasado nada menos que cinco años.

Posteriormente, el Tribunal Supremo dictaminó que referenciar los préstamos al índice IRPH era totalmente legítimo por parte de la entidad bancaria; sin embargo, en un procedimiento incoado ante el Juzgado de Primera Instancia número 38 de Barcelona, se plantearon una serie de cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Como no podía ser de otro modo, dichas cuestiones versaban sobre la legitimidad, legalidad y posible abusividad de la referencia de los préstamos hipotecarios al IRPH. En el enlace que hay al pie de esta entrada puede verse las conclusiones a las que llega el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, las cuales son bastante favorables para el consumidor.

Si usted tiene un préstamo referenciado al IRPH no se alarme, todavía hay que esperar a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que es quien realmente tiene la última palabra sobre la posible abusividad del IRPH. En cualquier caso, el hecho de que el Abogado General se posicione en favor del consumidor es una gran noticia, ¿no es cierto?

CONCLUSIONES ABOGADO GENERAL: https://www.abogacia.es/2019/09/11/conclusiones-del-abogado-general-en-relacion-al-irph/

Si usted quiere información sobre el IRPH y su posible abusividad no dude en contactar con este despacho.

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