Subvenciones para espacios privados de uso público

Trataremos el tema sobre las subvenciones para espacios privados de uso público, cómo se comporta.

La principal consecuencia del Proyecto de Reparcelación de una Unidad de Ejecución es deslindar los terrenos que tras la actuación urbanizadora deban entenderse incorporados al dominio público, los que deban entenderse sometidos al régimen de servidumbre de uso público sobre propiedad privada, y los que deban permanecer como privados a todos los efectos.

Nosotros vamos a referirnos a los segundos, esto es, a aquellos que sin perjuicio de continuar siendo de titularidad privada, están afectados por servidumbre de uso público.

El ejemplo más claro sería unos garajes bajo rasante en cuya superficie se hubiera previsto por el consistorio correspondiente la construcción de una plaza pública, con su ornamentación específica.

¿Quién asume las reparaciones necesarias?

¿Es responsabilidad del ayuntamiento? ¿o por el contrario de los propietarios?

Ahora bien, con el paso de los años, ¿qué sucede cuando dicha ornamentación requiere ser reparada o cuando hay filtraciones de agua en los garajes? ¿Quién asume las reparaciones necesarias? ¿Es responsabilidad del ayuntamiento? ¿o por el contrario de los propietarios? A fin de cuentas, como hemos dicho, se trata de una propiedad privada cuyo uso no es exclusivo ni excluyente de sus propietarios.

Ante esta dicotomía, lo habitual es que los municipios de nuestra geografía hayan previsto ayudas específicas para estos casos, como consecuencia de que el PGOU afecte al uso público el espacio en cuestión. Es el caso, por ejemplo, del Ayuntamiento de Bilbao, cuya información se contiene en el enlace adjunto:

https://www.bilbao.eus/cs/Satellite?c=BIO_Servicio_FA&cid=3007570321&language=es&pageid=3000094112&pagename=Bilbaonet%2FBIO_Servicio_FA%2FBIO_Servicio&anclaServ=aB27&rutaCatServ=3003408110

Ahora bien, no podemos olvidar que cada municipio es soberano de su planeamiento, y que por tanto, habrá que analizar cada caso concreto, toda vez que como venimos diciendo, no se trata de dominio público stricto sensu.

Desde nuestro despacho Muñoz de la Peña abogados estamos a vuestra disposición, para cualquier consulta.

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